Deducciones
Si eres socio o has realizado un donativo a la Fundación Mensajeros de la Paz, ya sabes que puedes deducirte estas donaciones de la Declaración de la renta o del Impuesto de Sociedades. Se han incrementado los tipos de deducción aplicables para las donaciones que se realicen en favor de las entidades acogidas al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, como es la Fundación Mensajeros de la Paz.
Deducción adicional del 5% si la actividad a la que se dona está considerada prioritaria por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
PERSONAS FÍSICAS (Deducción IRPF) | |||
---|---|---|---|
Reducción cuota íntegra (límite 10% base liquidable) | |||
Primeros 250 € |
Resto a partir de 250 € |
Resto a partir de 250 € |
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80% |
40% |
45% |
Si en los 2 años anteriores se ha realizado una donación igual o superior a la misma entidad |
Si eres persona física, en el IRPF correspondiente a este año podrás deducirte el 80% del importe de tus donativos de hasta 250€. A partir de esa cantidad la deducción será del 40%. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos esta deducción será del 45% con un límite del 10% de la base liquidable.
PERSONAS JURÍDICAS (Impuesto de Sociedades) | ||
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Reducción cuota íntegra (límite 10% base liquidable) | ||
Importe de la Donación |
Importe de la Donación |
|
40% |
50% |
Si en los 2 años anteriores se ha realizado una donación igual o superior a la misma entidad |
Si eres persona jurídica, en el impuesto de sociedades podrás deducirte el 40% de tus donativos. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos la deducción será del 50%, con un límite del 15% de la base liquidable
Deducciones
Si eres socio o has realizado un donativo a la Fundación Mensajeros de la Paz, ya sabes que puedes deducirte estas donaciones de la Declaración de la renta o del Impuesto de Sociedades. Se han incrementado los tipos de deducción aplicables para las donaciones que se realicen en favor de las entidades acogidas al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, como es la Fundación Mensajeros de la Paz.
Deducción adicional del 5% si la actividad a la que se dona está considerada prioritaria por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
PERSONAS FÍSICAS (Deducción IRPF) | |||
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Reducción cuota íntegra (límite 10% base liquidable) | |||
Primeros 150 € |
Resto a partir de 150 € |
Resto a partir de 150 € |
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80% |
35% |
40% |
Si en los 2 años anteriores se ha realizado una donación igual o superior a la misma entidad |
PERSONAS JURÍDICAS (Impuesto de Sociedades) | ||
---|---|---|
Reducción cuota íntegra (límite 10% base liquidable) | ||
Importe de la Donación |
Importe de la Donación |
|
35% |
40% |
Si en los 2 años anteriores se ha realizado una donación igual o superior a la misma entidad |
Deducciones
Si eres socio o has realizado un donativo a la Fundación Mensajeros de la Paz, ya sabes que puedes deducirte estas donaciones de la Declaración de la renta o del Impuesto de Sociedades. Se han incrementado los tipos de deducción aplicables para las donaciones que se realicen en favor de las entidades acogidas al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, como es la Fundación Mensajeros de la Paz.
Deducción adicional del 5% si la actividad a la que se dona está considerada prioritaria por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
PERSONAS FÍSICAS (Deducción IRPF) | ||
---|---|---|
Reducción cuota íntegra (límite 10% base liquidable) | ||
Primeros 150 € |
80% |
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Resto a partir de 150 € |
35% |
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Resto a partir de 150 € |
40% |
Si en los 2 años anteriores se ha realizado una donación igual o superior a la misma entidad |
PERSONAS JURÍDICAS (Impuesto de Sociedades) | ||
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Reducción cuota íntegra (límite 10% base liquidable) | ||
Importe de la Donación |
Importe de la Donación |
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35% |
40% |
Si en los 2 años anteriores se ha realizado una donación igual o superior a la misma entidad |